Os recomendamos la lectura de este magnífico artículo del escritor Manuel Mozo Monroy titulado «Acuñación toledana de Urraca, Reina de León y Toledo» publicado en Parva Urs, 1 (Toledo, abril 2010). El artículo se centra en las diferencias iconograficas de las monedas labradas por la Reina Urraca, ahondando en el transfondo y la importancia que dichas labras tuvieron como muestra y consolidación del poder real de la primera reina mujer de Castilla y León.
Acuñación toledana de Urraca, Reina de León y Toledo (1109-1126), por Manuel Mozo Monroy
En el feudalismo incipiente de la Edad Media europea era inconcebible el hecho de que una mujer portase el cetro y la corona real de un reino cristiano: la ley Sálica –heredada de los francos salios- lo hacía imposible. Sin embargo en Castilla y León, el hecho de haber sido durante muchos años territorio bajo dominación islámica en el que la conceptualidad feudal no se desarrolló en toda su plenitud, ayudó sobremanera a posibilitar que a falta de hijo varón, como era el caso –el infante y heredero Sancho había muerto en la batalla de Uclés (Cuenca) en mayo de 1108-, una mujer, Urraca Alfónsez o Adefónsez, pudiera ejercer las facultades inherentes del poderío real, recibiendo el reino como reina a la muerte de su padre, Alfonso VI –sin incluir el territorio portugués que ya había sido entregado antes de morir a su hermana Teresa y a su marido Enrique de Borgoña-. De hecho, al día siguiente de enterrarlo, ella ya se intitulaba diplomáticamente “Urraka dei nutu totius yspanie regina”. De todas maneras, esta situación de que una mujer heredase un reino cristiano no era del todo rara en la Península Ibérica, pues existían los precedentes de doña Mayor, heredera del condado de Castilla, y de doña Sancha que recibió León en 1039.
Pero sin duda, el matiz más interesante de doña Urraca, desde el punto de vista económico fue el hecho de ser la primera reina que ejerció el exclusivo derecho real de la acuñación de moneda en los reinos de Toledo y León –denominada en 1113 en el Cartulario II de la Catedral de Toledo, ff. 40-41 como “publice monete”-, continuando el sistema duodecimal monometálico de apariencia en plata que utilizó su padre –valorados a sueldo: “solidos de denarios”, “solidos ponderata purissimo argento” y “solidorum moneta medietate”-, no conociéndose tampoco ninguna acuñación áurea para su reinado –aunque sí circuló oro musulmán como lo demuestra expresiones del tipo “libras auri obriti”, “uncias auri“, “auri purissimi mektalia”, y “mencales de auro”-. De la misma manera, no se conoce a día de hoy óbolo alguno de ninguna de sus monedas –excepto, de ser suya, para la emisión conmemorativa de su unión matrimonial con el rey de Aragón, Alfonso I, o alguna posible pieza segoviana-; una circunstancia extremadamente rara que no llegó a cabo ninguno de sus sucesores, y que contradice y hace que sea una excepción, necesaria y suficiente que confirma la regla de que cada denario tiene su meaja. Por supuesto, no hay que descartar que puedan llegar a aparecer, como la propia lógica e incluso los textos de la época así parecen indicarlo.
Antes de estudiar su acuñación toledana es necesario comentar que Urraca siguió las directrices monetarias del reinado anterior -el de Alfonso VI, su padre-, distinguiéndose por tanto cuatro tipos principales de acuñaciones (si bien los dos primeros fueron alternativamente intermitentes en función de la relación entre ella y su marido Alfonso I de Aragón, llegando a acuñar en solitario en determinados momentos de sus frecuentes desavenencias con él):
a) Acuñaciones Reales: Urraca era la reina soberana, y como tal, aparecía en las monedas. Tales emisiones se produjeron en León y Toledo (acuñación ésta objeto del presente estudio).
b) Acuñaciones Conyugales: monedas que de alguna manera mencionaban a sendos esposos regios entre diciembre de 1109 –firma de la Carta Programática entre ambos- y octubre de 1114 –cuando Alfonso I de Aragón repudia a Urraca, si bien no desaparece del todo de la política castellano-leonesa-. Se labraron en León, Zamora y Segovia.
c) Acuñaciones del Correinado de Urraca con su hijo Alfonso Raimúndez: monedas labradas entre mayo de 1117 –Pacto del Tambre- y marzo de 1126 –muerte de Urraca en Saldaña (Palencia)-, pero con independencia absoluta del uno respecto del otro en la amonedación. Se acuñaron en Toledo, León y en Segovia.
d) Acuñaciones Concesionarias: privilegios especiales para emitir monetario propio a instituciones o sedes eclesiásticas. Fue precisamente en el reinado de Urraca donde más proliferaron, labrándose en el monasterio cluniacense de Sahagún y en la catedral de Palencia.
ACUÑACIÓN REAL TOLEDANA. Dinero de Busto de frente.
Recién llegada al trono, la reina Urraca emitió moneda tipológicamente diferente para Castilla y León, si bien toda ella era legalmente circulante y tenía el mismo valor en los dos reinos. Así, a la muerte de Alfonso VI en Toledo, la reina decidió acuñar en la ceca toledana un tipo de retrato regio de frente de ingenuo arte románico –típico de los códices iluminados por los miniaturistas de la época-, con ligeras variaciones respecto de las de su padre, que homenajeasen la labor extinta de su antecesor en el trono, pero que a la vez mantuviesen la más pura línea continuista de la representación frontal visigótica, totalmente olvidada por los carolingios -salvo en acuñaciones esporádicas de Carlomagno o Luis el Piadoso-.
En la numismática medieval no existían precedentes inmediatos de retratos femeninos en aquellos años. Los últimos se habían producido en Egipto y durante el bajoimperio romano. Las acuñaciones suevas y visigodas no representaron nunca a la mujer, que quedó relegada a un segundo plano, y, por supuesto, el Islam tampoco, en su reticencia a la representación humana. La razón de esta curiosidad, que solo se dio en Castilla y León de una manera tan clara, habría que buscarla en el hecho de que una mujer pudiese acceder con pleno derecho al gobierno de un territorio por si misma –si bien en un principio y debido a su casi forzado matrimonio con Alfonso I, siguiendo las últimas voluntades de su padre muerto, no queda muy claro si podía hacerlo sin la presencia conjunta de varón; cuestión que se aclararía a partir de 1114, en que su separación respecto del aragonés fue total, confirmando ya positivamente la plena titularidad de la reina-.
Esta amonedación toledana a la que nos referimos fue la primera que hizo la doña Urraca. Es lógico pensar que las acuñaciones del sexto de los Alfonsos habrían cesado con su muerte, pero sin duda siguieron circulando por el reino durante prácticamente todo el reinado de su hija Urraca; añadiéndose a esta masa monetaria circulante las emisiones ya prototípicas de la reina. Esta situación podría explicar la rareza de las monedas urraqueñas, pues sus emisiones fueron siempre muy cortas, en gran medida debido a la alta cantidad de moneda de Alfonso VI que aún estaba en circulación, y que incluso se extendió hasta los últimos años del reinado de Alfonso VII tal y como han demostrado los hallazgos monetarios de Alfonso VI aparecidos recientemente en el castillo de Calatrava la Vieja, tomado por Alfonso Raimúndez en 1147. No obstante y dentro de estas premisas, este tipo de busto se podría considerar como la emisión monetaria más abundante del reinado de Urraca.
El tipo se acuñó al comienzo de la etapa más tormentosa de su reinado. Muestra esquemáticamente a la joven reina de frente, con tocado y diadema, grabando con letra carolina en la leyenda su nombre y título: “Vrraca Regi”, relegando al reverso la prototípica cruz y el toponímico del reino: “Toletuvo”. Estos dineros rondan en todos los casos el gramo de peso, manteniéndose en los ejemplares conocidos entre 0,75 y 1,19 grs. El principal rasgo diferenciador de las variantes existentes en este tipo es la aparición de dos puntos, uno a cada lado de la cabeza, como intentando recalcar su feminidad al colgarle dos presumibles pendientes; si bien esta posibilidad no es más que una pura especulación, pues estos dos puntos podrían tener cualquier otro significado que no ha llegado hasta nuestro días.
Su cronología es de muy difícil determinación. Presumiblemente empezó con el inicio de su reinado reutilizando los cuños de las monedas toledanas anteriores y acuñando en aparente disminución progresiva hasta abril de 1111, cuando su marido Alfonso se hace con la ciudad del Tajo -existe incluso la posibilidad, derivada de las marcaciones, de una degradación tipológica y de la disparidad de estilos, y que incluso se pudiese haber acuñado en más de un taller de labra-. Efectivamente, es harto improbable que Urraca pudiese haber acuñado entre el 18 de abril de 1111, en que Alfonso I entra en Toledo como rey, y el 18 de octubre de 1114 -día en que según la Crónica de San Juan de la Peña el rey aragonés repudia oficialmente en Soria a doña Urraca por razones de consanguineidad: “sed lapsu temporis videns Imperator Reginem a vita debitae honestatis alienam, invento colore quod inter eos erat gradus consanguineitatis et quod nolebat vivere in percato, duxit eam usque ad Soriam, et ibi ipsam traditit”-, cuando acepta definitivamente la resolución papal de anulación de su matrimonio. Inmediatamente después, los toledanos y segovianos se rebelaron en su nombre, enfrentándose a Álvar Fáñez y sus tropas -hombre de confianza de Urraca-, quien pese a intentar disolver esta insurrección popular, sin conseguirlo, cayó muerto pocos días después en Segovia. Ambas ciudades volvieron a manos del aragonés hasta 1118 -pese a que Urraca se las había entregado durante tres años a su hijo Alfonso Raimúndez en el Pacto del Tambre de mayo de 1117-, cuando se rindieron tras sufrir alguna que otra escaramuza bélica. Alfonso I, por su parte, continuó hostigándolas, retomando su control durante algunas temporadas: hasta 1119 para Toledo y hasta pasado 1123 para el caso de Segovia; en su beneficio jugaba la posición favorable que ambas ciudades tenían hacia su persona, pues había sido él quien las había defendido durante largo tiempo frente a los ataques de las tropas almorávides. Por otro lado, la posesión, de los dos feudos le era fundamental ya que así podría seguir intitulándose Emperador al tener en sus manos, al menos, tres reinos (Pamplona, Aragón y Toledo).
Por tanto, es posible que en esos años Toledo retomase su producción acuñadora a nombre de Urraca y quizá Alfonso Raimúndez hasta 1124 –de hecho la reina ratifica en noviembre de 1123 a la iglesia de Santa María el diezmo de las rentas reales a Toledo y a su arzobispo Bernardo incluyendo la moneda –“monetarum”- (Archivo de la Catedral de Toledo, 1.7.G.1.4b) -“Ego Urraca dono et concedo decimam partem omnium regalium redittium quos in Toletana habeo uel habuero urbe aut in eius terminis tam infra quam exterius panis, scilicet, et vini, molendinorum, furnorum, tendarum, tocius fori, alfondegarum, monetarum, balneorum… duodecim libras auri obriti persoluat”-; fecha en que de una manera casi efectiva la reina desaparece del poder político y económico, y es eclipsada por su propio hijo, recién armado caballero en Santiago de Compostela, y que con toda probabilidad fue ya quien ejerció la regalía de acuñación de moneda a su nombre. Este cúmulo de circunstancias históricas fueron las que determinaron que sólo se acuñase este tipo monetario urraqueño en la ceca de Toledo durante su reinado.